La Ley de Violencia Contra Mujeres ("VAWA"):
Usted tiene derecho a solicitar
beneficios migratorios reservados para víctimas maltratadas. Esto es así gracias a la Ley para Víctimas
de Violencia Doméstica (VAWA, por sus siglas en inglés.) Usted no debe temer a ser deportada, ya que cumple
con el requisito primordial para solicitar este beneficio: fue víctima de violencia doméstica. Entre las personas que pueden acogerse
a esta ley se encuentran: - víctima casada con un ciudadano estadounidense o residente permanente, y sus
hijos como beneficiarios derivativos, sin importar que éstos hayan sufrido abuso directo o sean o no hijos del abusador.
- cónyuge no-abusado de un
ciudadano estadounidense o residente permanente cuyo hijo haya sido abusado por éste. El solicitante puede incluir
a sus otros hijos sin importar que éstos sean o no hijos de su cónyuge causante de abuso.
- víctima que creía estar casada con un ciudadano
estadounidense o residente permanente debido a una situación de bigamia, y sus hijos como beneficiarios derivativos,
sin importar que éstos hayan sufrido abuso o sean hijos de su cónyuge causante del abuso.
- hijo abusado por un padre que es ciudadano estadounidense
o residente permanente, y los hijos no abusados de éste como beneficiarios derivativos.
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