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                                  La Ley de Violencia Contra Mujeres ("VAWA"):  
 Usted tiene derecho a solicitar
                                    beneficios migratorios reservados para víctimas maltratadas. Esto es así gracias a la Ley para Víctimas
                                    de Violencia Doméstica (VAWA, por sus siglas en inglés.) Usted no debe temer a ser deportada, ya que cumple
                                    con el requisito primordial para solicitar este beneficio: fue víctima de violencia doméstica. Entre las personas que pueden acogerse
                                    a esta ley se encuentran: - víctima casada con un ciudadano estadounidense o residente permanente, y sus
                                    hijos como beneficiarios derivativos, sin importar que éstos hayan sufrido abuso directo o sean o no hijos del abusador.
                                    
 - cónyuge no-abusado de un
                                    ciudadano estadounidense o residente permanente cuyo hijo haya sido abusado por éste. El solicitante puede incluir
                                    a sus otros hijos sin importar que éstos sean o no hijos de su cónyuge causante de abuso. 
 - víctima que creía estar casada con un ciudadano
                                    estadounidense o residente permanente debido a una situación de bigamia, y sus hijos como beneficiarios derivativos,
                                    sin importar que éstos hayan sufrido abuso o sean hijos de su cónyuge causante del abuso. 
 - hijo abusado por un padre que es ciudadano estadounidense
                                    o residente permanente, y los hijos no abusados de éste como beneficiarios derivativos.
 
  
  
                                  
                                 
                                 
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